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CONCESIÓN DE SUBVENCIÓNS A ASOCIACIÓNS E ENTIDADES SEN ÁNIMO DE LUCRO, ANO 2018

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ADMINISTRACIÓN LOCAL
MUNICIPAL
MORAÑA

Subvencións e axudas
CONCESIÓN DE SUBVENCIÓNS A ASOCIACIÓNS E ENTIDADES SEN ÁNIMO DE LUCRO, ANO 2018
CONCESION SUBVENCIONES A ASOCIACIONES Y ENTIDADES SIN ANIMO DE LUCRO, AÑO 2018
BDNS(Identif.):397536

Extracto del Acuerdo de 3 de mayo de 2018, del Ayuntamiento Pleno de Moraña, por el que se convocan subvenciones para asociaciones y entidades sin ánimo de lucro.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto
completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index) y en la página web del Ayuntamiento de Moraña (www.morana.
org).
Primero.—Beneficiarios:
Personas jurídicas, asociaciones o entidades que cumplan los siguientes requisitos:

  • Tener su domicilio social en el Ayuntamiento de Moraña.
  • Desarrollar su actividad dentro del ámbito municipal.
  • Estar válidamente constituida y registrada en el Registro Municipal de Asociaciones.
  • Carecer de fines de lucro.
  • No tener pendiente de justificación ninguna subvención o ayuda económica con el Ayuntamiento de Moraña.

Segundo.—Finalidad:
Actividades de promoción y cooperaciones culturales, formativas o similares.
Actividades de promoción del deporte o realización de eventos deportivos.

Tercero.—Bases reguladoras:
Aprobadas por el Ayuntamiento Pleno en sesión ordinaria del 03-05-2018.
Pode verificar a integridade deste documento no seguinte enderezo:

https://sede.depo.gal/web/public/procedures/getdocfromcsv/getdocfromcsvform.xhtml

Cuarto.—Importe:
El conjunto de las ayudas recibidas en ningún caso podrá superar el 100% del coste de la actividad que vaya a desarrollar el beneficiario.
Quedan excluidos como subvencionables los gastos en comidas, pinchos e invitaciones a participantes así como a las excursiones lúdico-recreativas.
Las subvenciones, que serán financiadas con cargo a la aplicación presupuestaria 334.480, tendrán un límite máximo de 14.000,00 euros.
Las subvenciones son compatibles con otras subvenciones o ayudas para la misma finalidad procedentes de cualquiera otra administración o de entes públicos o privados, nacionales, de
la Unión Europea o de organismos internacionales.

Quinto.—Plazo de presentación de solicitudes:
1 mes contado desde o día seguinte ó da publicación do anuncio das bases no Boletín Oficial da Provincia. Considerarase o último día do prazo o correspondente ao mesmo ordinal do día
da publicación.

Sexto.—Otros datos:
Las solicitudes se presentaran en los modelos normalizados publicados en la página web www.morana.org.

MORAÑA, 07/05/2018
MARIA LUISA PIÑEIRO ARCOS. ALCALDESA PRESIDENTA

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